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Bancarrota - Preguntas frecuentes

LAW-PRO-9, P.C. - BANCARROTA PREGUNTAS FRECUENTES
ESTAMOS DE TU LADO

  1. ¿Puede el Capítulo 7 de bancarrota ayudarme, de verdad es posible!
  2. ¿Puedo acogerme al Capítulo 7 o 13 la ley de bancarrota?
  3. ¿Qué cuentas puedo eliminar?
  4. ¿Cuales son las razones mas comunes para acogerse a esta ley?
  5. ¿Cuales son los beneficios de apelar al Capítulos 7 de la ley de bancarrota?
  6. Pero estoy casado(a)y no quiero que mi esposa (o) tenga que pagar mis deudas.
  7. Pero estoy asustado, no deceo perder mi trabajo o ir a la cárcel.
  8. Bueno, pero ¿que pasaría con mi casa, mi carro y mis pertenencias personales?
  9. ¿Tendré que ir constantemente a corte y faltar a mi trabajo?
  10. ¿La Bancarrota no arruinará mi crédito?
  11. ¿Como puede LAW-PRO-9, P.C. ayudarme?


1.¿ Puede el Capítilo 7 o 13 de la Ley de Bancarrota Ayudarme? ¿es de verdad posible?

El Capítulo 7 de L a Ley de Bancarrota es un procedimiento legal el cuál le permite simplemente deshacerse de sus deudas. Si tiene bajos ingresos (que no le queda casi nada de sus ingresos después de cubrir sus necesiddes mensuales), y si es dueño de una pequeña propiedad, se le permitirá deshacerse de sus deudas sin perder ninguna de sus pertenencias.

El Capítulo 13 de La Ley de Bancarrota es el procedimiento legal el cuál le permite reogranizar sus deudas existentes en un plan de pago el cuál le sea posible pagar aún cuando sus ingresos después de cubrir sus necesidades mensuales sean pocos, y sea dueño de una propiedad grande. Este tipo de Bancarrota es especialmente importante si está enfrentando un Juicio Hipotecário en por su casa

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2. ¿Puedo acogerme al Capítulo 7 o 13 De la Ley de Bancarrota?

Si usted vive, tiene un negocio o tiene alguna propiedad en California, y la ha sido su propietario por los últimos 180 días, entonces usted podría acogerse al Capítulo 7 o al Capítulo 13 de la Ley de Bancarrota del estado de California.

Y si usted no se ha acogido al Capítulo 7 de la Ley de Bancarrota en los últimos 8 años, y usted se encuentra con dificultades para pagar sus gastos mensuales ( comida, servicios, etc.)y no le queda dinero para pagar a sus acreedores, usted es una persona elegible para apegarse al Capítilo 7de la Ley de Bancarrota.

Y con respecto a las pasadas bancarrotas, usted casi siempre puede acogerse al Capítulo 13 de la Ley de Bancarrota para reorganizar sus deudas y salvar su propiedad.

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3.¿Cuales cuentas puedo eliminar?  Bills

Virtualmente TODAS SUS CUENTAS pueden ser eliminadas al apegarse al Capítulo 7 de la Ley de Bancarrota.
Pero, hay algunas excepciones por ejemplo

  • Prestamos de estudiantes.
  • Manutencion a la esposa e hijos.
  • Impuestos Recientes
  • Multas Criminales o Penales.
  • Deudas incurridas como resultado de conducir bajo la influencia del alcohol, y algunas otras.

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4. ¿Cuales son las razones mas comúnes para acogerse a esta Ley?

Las causas mas comúnes son porque usted haya pérdido su trabajo, se haya lastimado y no esté cubierto por algún servicio médico, se está divorciando, tiene otros gastos grandes, o simplemente usted ha sobregirado sus tarjetas de crédito.

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5. ¿Cuales son los beneficios de apegarse al Capítulo 7 de la Ley de Bancarrota?

El Capítulo 7 de la Ley de Bancarrota pondrá un

  • Alto al embargo de su sueldo.
  • Alto a la ejecucion de una Hipoteca.
  • Alto a las llamadas y al acoso de los acreedores.
  • Alto a una demanda.
  • Alto al cobro de las deudas consignadas.
  • Alto a cobro de la sus deudas personales.
  • Alto a una detencion ilegal - un procedimiento de desalojo.
  • Alto a un juicio en tu contra.
  • Alto y posiblemente quitar los embargos de su casa o sus muebles.

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6. Pero estoy casado(a) y no quiero que mi esposa(o) tenga que pagar mis deudas.

No hay problema, en muchos casos usted puede apelar a la Ley de Bancarrota usted solo.

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7.Pero estoy asustado, no quiero perder mi trabajo o ir a la cárcel.

Eso no sucederá. Su empleador no tiene derecho a discriminarlo porque usted se apegue a la Ley de Bancarrota. Además, usted nunca podría ir a la cárcel por apelar a ésta Ley.

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8. Bueno, pero ¿que pasaría con mi casa, mi carro, y mis pertenencias personales?

En la mayoría de los casos, dependiendo de cuánta "equidad" tenga usted en su hogar y su carro, usted puede conservar estos artículos. La Ley de California permite conservar cierta cantidad de propiedades razonablemente necesarias incluyendo cosas como su casa, su carro,y pertenencias personales. un abogado especialista en casos de Bancarrota puede evaluar fácilmente sus activos y darle una respuesta inmediata en cuanto a propiedades en riesgo.

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9. ¿Tendré que ir constantemente a Corte y faltar a mi trabajo?

¡NO! Solamente se le pedirá que se presente una vez a Corte. Usualmente estas comparecencias, se les llama "La primera reunión con acreedores" dura solo minutos ( exáctamente solo minútos). Generalmente esta comparecencia será la única.

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10. ¿La Bancarrota no arruinará mi crédito?

¡NO! Recuerde, "credito" es solo un término que indica la medida de cuanto somos capaces de pedir dinero prestado. ¿Cuales son las opciones que tiene? Si usted está leyendo esto, es porque usted ahora mismo no esta en condiciones de pedir ningún crédito. Su crédito es pobre o ya está arruidado. Como dice el refrán, hay solo una dirección a donde ir cuando uno se encuentra en el fondo de un poso. Además, cada vez más la industria del crédito está reconociendo que las personas que se han acogido a la Ley de Bancarrota son realmente buenos candidatos para pedir prestamos. ¿por qué? porque no tienen nunguna deuda, tienen dinero disponible, y no pueden acogerse a la Ley de Bancarrota otra vez hasta dentro de otros 6 años. No crea que un crédito desaparecerá después de la Bancarrota. Éste no es generalmente el caso.

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11. ¿Como puede LAW-PRO-9, P.C. ayudarme?

Nosotros somos abogados entrenados, que literalmente manejamos miles de casos que se acogen al Capítulo 7 de Bancarrotas en California. Nuestro objetivo es proporcionarle tranquilidad durante este proceso, desde el principio hasta el fin. Usted no tratará con un paralegal. Usted no irá a Corte solo. Usted tendrá respuesta para todas sus preguntas y estará seguro de que protegeremos su propiedad tanto como la ley lo permita.

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